Buenas prácticas en concursos de acreedores: Haberlas… haylas

enero 25, 2017
DISANAR

24 recomendaciones para agilizar la tramitación de los procedimientos concursales. Que sí, que existen fórmulas de que los concursos de acreedores funcionen como debieran y de ello se ocupa una guía de buenas prácticas que acaba de presentar la Asociación Profesional de Administradores Concursales de España (Aspac) y la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb). El objetivo es agilizar los concursos de acreedores, evitar costes y tiempo a todos los implicados en estos.

El manual se divide en tres partes:

  • Reconocimiento de los créditos. Se detallan las características del régimen jurídico de Sareb en cuanto a clasificación de los importes que se han hipotecado. Se podrán facilitar además las valoraciones de que se disponga sobre los inmuebles objeto de la operación para evitar costes y facilitar la burocracia.
  • Negociación de soluciones alternativas a la subasta. Aspas y Sareb han puesto en marcha canales de comunicación para colaborar a la hora de comercializar los activos de la empresa concursada.
  • Normas a aplicar en cada liquidación. La idea es evitar trámites de alegaciones y recursos frente al plan de liquidación. Todo esto, como se viene incidiendo anteriormente, solo hace aumentar el coste de las operaciones y dilatar el tiempo que duran los procesos concursales.

“Con este acuerdo, Sareb confía en agilizar los procedimientos concursase e impulsar acuerdos entre acreedores y administradores concursase para evitar dilaciones sobre cuestiones procesales”, apunta José Ramón Couso, director de Asesoría Jurídica Procesal y Recuperaciones de Sareb. Los dota además de visibilidad y mayor transparencia, dos aspectos fundamentales en este tipo de situaciones.

Este acuerdo supone aumentar las garantías de recuperación del crédito de los acreedores. Luis Martín, actual presidente de Aspac, añade además que se agilizan los procesos concursase “evitando incidentes que pueden ser totalmente innecesarios”. La asociación de administradores apunta que estos son recomendaciones pero el acuerdo no es vinculante para los miembros de la misma.

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